Reducen las aberturas de las ventanas para las unidades de transporte público que circulan en el área metropolitana y también en las del interurbano.
Teniendo en cuenta la proximidad de las bajas temperaturas, el directorio de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) dispuso modificar la orden regulatoria N° 03/2021, de fecha 05/05/2021, respecto a la medida de mantener abiertas todas las ventanas de los colectivos que operan en el área metropolitana e interurbano.
Así, tras diversas reuniones entre el presidente de la Marcelo Ferraris, el secretario general de la Gobernación Matías Posadas y con el presidente del COE Francisco Aguilar, coincidieron en la necesidad de modificar la normativa en cuanto a la apertura de las ventanas de los colectivos.
Con esta nueva medida, se ordena a Saeta y a las empresas operadoras, que en las unidades comunes afectadas al servicio masivo de transporte de pasajeros, como así también en las que cuenten con piso bajo, la apertura de las ventanas deberá ser por un espacio no inferior a 10 cm., en cada hoja de la ventana.
Dicha apertura deberá comprender dos ventanas abiertas por un lateral y tres por el otro, en relación a la totalidad de ventanas que posea la unidad.
En las unidades de doble piso, la apertura de las ventanas deberá comprender dos ventanas abiertas por cada lateral en el piso superior y una ventana por cada lateral en el piso inferior, en relación a la totalidad de ventanas que posea la unidad. En las unidades de piso único afectadas al servicio regular de transporte de pasajeros, la apertura de las ventanas deberá comprender dos ventanas por cada lateral, en relación a la totalidad de ventanas que posea la unidad.
Para este servicio la apertura de las ventanas debe ser por una extensión de entre 5 cm. a 10 cm. en cada hoja de la ventana. En este sentido, las empresas disponen de diferentes maneras para garantizar que la nueva normativa se cumpla.
En ambos casos la disposición se adopta a fin de garantizar la circulación de aire dentro de las unidades y así minimizar el riesgo de contagio de coronavirus entre los pasajeros.
Cabe recordar que, el incumplimiento de lo dispuesto conllevará la aplicación de las multas respectivas.
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